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Servicios de Cumplimiento fiscal mensual en Santo Domingo

Anchi Advisors

Nuestros expertos se encargarán de realizar las declaraciones de impuestos de tu empresa, atendemos clientes de toda la República Dominicana que nos solicitan que realicemos sus declaraciones juradas de ITBIS y otros impuestos para mantener a las empresas al día con sus impuestos ante la DGII.
En Anchi Advisors nos especializamos en Impuestos y consideramos que la columna vertebral de los impuestos en la República Dominicana es el cumplimiento mensual ya que de este se desprenden los amarres fiscales que la administración tributaria utilizará para cuadrar las declaraciones anuales que realicen los contribuyentes.
El cumplimiento fiscal se divide en varios tipos de formatos de envió y de declaraciones juradas.
Los formatos de envió son anexos que sirven para reportar informaciones que complementan a una declaración jurada o que son informaciones importantes que la DGII necesita saber sobre transacciones hecha por el contribuyente.

Los formatos que se deben enviar a la DGII todos los meses son los siguientes:

606:  de envío de costos y gastos.

En este formulario debemos informar a la DGII sobre la adquisición de bienes y servicios que realizamos durante un mes, para poder reportar una compra este formato la factura debe contener un comprobante fiscal y debe estar emitido a nombre de la empresa que va a reportar la compra.
En el formato 606 se debe declarar si la compra que hicimos tiene retenciones de impuestos ya sea de ITBIS o de ISR, la retención de ITBIS se declara en el IT-1 y las retenciones de ISR se declaran en el IR-17.
Las únicas adquisiciones de bienes que no deben enviarse por el 606 son las importaciones cuya adquisición se valida con los pagos de impuestos realizados en la Dirección General de Aduanas DGA.

607: Formato de envío de ingresos.

El formato 607 se utiliza para reportar a la DGII todas las ventas de bienes o servicios que haya realizado un contribuyente durante un mes, aquí se debe declarar tanto las ventas al territorio nacional como las ventas al extranjero, este formato deberá contener cada factura que hayamos emitido a nuestros clientes exceptuando a las facturas de consumo B02 ya que estas solo haremos un resumen de las que sean de un monto menor a 250,000 DOP en el que informaremos cuantos comprobantes emitimos, el monto de ingreso, el monto del ITBIS y los otros impuestos, las B02 que superen el monto deberán ser enviadas en el 607 como una factura normal.

608: Formato de envío de comprobantes fiscales anulados.

En el 608 vamos a enviar todos los comprobantes fiscales que serán anulados ya sea por algún error de impresión o porque la transacción será cancelada, en este formato también debemos enviar los comprobantes que están vencidos.

609: Formato de envío para reportar los pagos al exterior por servicios.

En este formato de envió informaremos a la DGII sobre los servicios que hayamos adquiridos del exterior y que por esta razón están sujetos a una retención del 27% de impuesto sobre la renta.

Las declaraciones juradas que se deben presentar a la DGII todos los meses son los siguientes:

IT-1: Declaración de impuestos a la transferencia de bienes industrializados y servicios (ITBIS o IVA).

El IT1 es la declaración jurada del ITBIS, en esta declaración vamos a presentar este impuesto al consumo, el estilo de cascada del ITBIS va a provocar que paguemos el 18% del valor que hayamos agregado al producto o servicio que ofertamos.
Para determinar el ITBIS a pagar debemos considerar los adelantos de ITBIS que tengamos disponibles ya sean por compras de bines, servicios o por importación. Además, debemos deducir las retenciones de ITBIS que nos hayan realizado nuestros clientes.
Aparte de las deducciones que haremos al ITBIS de ventas también debemos sumar las retenciones de ITBIS que nosotros hayamos realizado a nuestros suplidores.
El formulario IT-1 debe ser presentado a más tardar el día 20 del mes siguiente al que vamos a declarar a esta fecha también se debe pagar el ITBIS que se haya generado.

IR-17: Declaración de retención de Impuesto sobre la renta (ISR) a terceros.

Cuando nuestra empresa adquiera servicios de personas físicas dependiendo el servicio adquirido debemos realizar una retención de ISR que va desde el 2% en caso de servicios técnicos hasta un 10% en caso de honorarios profesionales o alquileres.
Además, en el IR17 debemos declarar las retenciones hechas en el formato 609 por servicios del exterior de un 27% e igualmente debemos declarar las retribuciones complementarias por beneficios a los empleados.

IR-3: Declaración de retención de impuesto sobre la renta (ISR) a empleados.

El IR3 es una declaración jurada que consta de las retenciones de ISR que hayamos realizado a nuestros empleados durante un mes, esta declaración se genera automáticamente en la DGII alimentada por la información de la nómina declarada a través de la TSS, en DGII debemos ver el detalle y el anexo IR4 al estar de acuerdo con la declaración la presentamos.
Las retenciones de ISR declaradas en el IR17 e IR3 deben ser pagadas a más tardar el día 10 del mes siguiente.

IR-4: Detalle de las retenciones del de impuesto sobre la renta (ISR) a empleados.

Este es solo un anexo que muestra el detalle de las retenciones realizadas a los empleados en el IR-3.

Anchi Advisors, SRL

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