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  • Foto del escritorAnderson J. Chicon

Comprobantes fiscales en República Dominicana

Actualizado: 6 jul 2023

¿Qué son los comprobantes fiscales?

Comprobantes fiscales

Los Comprobantes fiscales son documentos que justifican la venta bienes o la prestación de servicios en la República Dominicana, tienen un formato numérico y su emisión es obligatoria por ley.



En la actualidad estos comprobantes han cambiado a lo largo del tiempo desde la emisión de esta primer normativa para convertirse a día de hoy en uno de los mecanismos más eficientes de controlar la evasión de los impuestos en el país.

Estos permiten una manera más eficiente de revisar cuando las transacciones entre contribuyentes fueron reportadas y realizadas de forma correcta ya que ambos contribuyentes deben remitir la información a la DGII y de haber discrepancias los sistemas informáticos pueden detectar la anomalía, además de que al tener comprobantes fiscales específicos para cada transacción hace que se pueda auditar los distintos rubros por separado.


Estructura del Número de Comprobante Fiscal NCF

Serie

La serie es lo que diferencia el comprobante fiscal que se está utilizando hasta ahora solo contamos con 2 tipos de series que son las B y la E. La serie B es para comprobantes usualmente usados por todos los contribuyentes mientras que la serie E son emitidas únicamente por los contribuyentes que están en etapa piloto de los comprobante fiscales electrónicos.


Tipo de comprobante

El tipo de comprobante depende de la transacción que se este realizando y con quien sea por ejemplo el B02 que es para reportar ventas a consumidores finales o B01 que es para reportar ventas a otros contribuyentes y los demás que serán detallados más adelante. La serie también puede ser E32 en el caso de E-NCF o comprobante electrónico.


Secuencia


Es una sucesión de números que representan el número de comprobante fiscal los NCF normal tienen una secuencia de 8 dígitos que acompañan al tipo de comprobante para convertir cada NCF en único, en el caso de los E-NCF la secuencia es de 10 dígitos.


Estructura del comprobante fiscal


Los tipos de comprobantes fiscales en la República Dominicana Son:


B01 Facturas que Generan Crédito y Sustentan Costos y/o Gastos

B02 Facturas de Consumo

B03 Nota de Débito

B04 Nota de Crédito

B11 Comprobantes de compras o comprobante de proveedor informal

B12 Registro Único de Ingresos

B13 Gastos Menores

B14 Regímenes Especiales de Tributación

B15 Comprobantes Gubernamentales

B16 Comprobante para exportaciones

B17 Comprobante para Pagos al Exterior


Detalle de cata tipo de comprobante fiscal en la República Dominicana

B01 Facturas que Generan Crédito y Sustentan Costos y/o Gastos:


Comprobante de crédito fiscal

Este comprobante se emite cuando un contribuyente de la DGII emite una factura para un cliente que es a su vez otro contribuyente y le solicita una factura que pueda sustentar costos y/o gastos a su vez que le permite acreditar el ITBIS en las compras cuando corresponda, este NCF se utiliza de manera muy común entre empresas y debe ser reportado por el vendedor en su 607 y el comprador en su 606.



B02 Facturas de Consumo


Facturas de consumo o de consumidor final

Cuando un contribuyente realiza una venta a una persona física que es el consumidor final del bien o servicio que se le está vendiendo.

Este NCF no sirve para justificar gastos y no permite adelantar el ITBIS, este NCF debe ser reportado por el vendedor en su 607 enviado cuando supere el monto de 250,000 y a modo de resumen los NCF que no superen este monto.



B03 Nota de Débito


NCF notas de débito

Documentos que emiten los vendedores de bienes y/o los que prestan servicios para recuperar costos y gastos, como: intereses por mora, fletes u otros, después de emitido el comprobante fiscal. Sólo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobantes emitidos con anterioridad. Este NCF debe ser enviado en el 607 del vendedor y el 606 del comprador si fue un contribuyente, en el reporte este NCF debe afectar a otro NCF emitido anteriormente ya se de crédito fiscal, de consumo, especial o gubernamental.




B04 Nota de Crédito


NCF notas de crédito

Documentos que emiten los vendedores de bienes y/ o prestadores de servicios por modificaciones posteriores en las condiciones de venta originalmente pactadas, es decir, para anular operaciones, efectuar devoluciones, conceder descuentos y bonificaciones, corregir errores o casos similares. Este NCF debe ser enviado en el 607 del vendedor y el 606 del comprador si fue un contribuyente, en el reporte este NCF debe afectar a otro NCF emitido anteriormente ya se de crédito fiscal, de consumo, especial o gubernamental.




B11 Comprobantes de compras o comprobante de proveedor informal


NCF de compras

Antiguamente conocido como comprobante de proveedor informal es un documento fiscal que se emite con la finalidad de justificar la adquisición de bienes o servicios de una persona física que no se encuentra registrado ante la DGII como contribuyente, este NCF debe ser enviado en el 606 del comprador y el vendedor no tiene que reportar nada ya que las retenciones de lugar se las hará el comprador, este NCF le sirve a la DGII para ir monitoreando que operaciones comerciales está realizando una persona antes de registrarse como contribuyente y en el momento que la administración considere oportuno su registro le bloqueará está facilidad y para poder vender en el mercado formal deberá formalizarse.


B12 Registro Único de Ingresos


Registro único de ingreso

Es un comprobante fiscal que se usa para enviar un resumen de las ventas hechas por los contribuyentes a personas físicas fundamentalmente realizas a consumidores finales realizadas diariamente fundamentalmente realizas de productos o servicios exentos del ITBIS, para emitir este tipo de comprobante se debe estar previamente autorizado.

Este NCF debe ser remitido en el 607 por el vendedor.


B13 Gastos Menores


NCF gastos menores

Son aquellos comprobantes emitidos por las personas físicas o jurídicas para sustentar pagos realizados por su personal, sean estos efectuados en territorio dominicano o en el extranjero y en ocasión a las actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes, transporte público, tarifas de estacionamiento y Peajes. También se debe usar para sustentar los gastos de viajes realizados en el exterior.

Este NCF debe ser remitido en el 606 del comprador y debe estar sustentado con las evidencias de los gastos.


B14 Regímenes Especiales de Tributación


NCF regímenes especiales

Son utilizados para facturar las ventas de bienes o prestación de servicios exentos del ITBIS o ISC a personas físicas o jurídicas acogidas a regímenes especiales de tributación, mediante leyes especiales, contratos o convenios debidamente ratificados por el Congreso Nacional, entre las empresas a las que se les emite estos comprobantes están las zonas francas. Estos NCF deben ser remitidos en el 607 por el vendedor y 606 por el comprador.






B15 Comprobantes Gubernamentales


NCF Gubernamental

Son utilizados para facturar la venta de bienes y la prestación de servicios al Gobierno Central, Instituciones Descentralizadas y Autónomas, Instituciones de Seguridad Social y cualquier entidad gubernamental que no realice una actividad comercial, Este NCF se utiliza para las instituciones como los ministerios, la presidencia, el sistema de emergencia 911 o el INFOTEP, etc.

Estas instituciones realizarán una retención del 5% de ISR sin importar si quien vende es una empresa o una persona.

Este NCF deben ser remitidos en el 607 por el vendedor y 606 por el comprador.


B16 Comprobante para exportaciones


NCF para exportadores

Son utilizados por los exportadores nacionales; zonas francas comerciales e industriales para reportar las ventas de bienes fuera del territorio nacional, estos NCF son importantes ya que justifican la venta de bienes con ITBIS a tasa 0% que es diferente a los bienes exentos ya que los de tasa 0% permiten adelantar todo el ITBIS y luego realizar una compensación para aprovechar esos ITBIS contra otros impuestos exceptuando el caso de las zonas francas que están liberadas de la mayoría de impuestos incluido el ITBIS.

Este NCF solo debe ser reportado por el vendedor.


B17 Comprobante para Pagos al Exterior


NCF pagos al exterior

Son emitidos por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales. Al emitir este documento se debe realizar la retención total del Impuesto Sobre la Renta, de conformidad a los artículos 297 y 305 del Código Tributario. Estos son NCF son usados para justificar la adquisición de servicios del exterior realizando la retención del 27% de ISR y enviando el detalle en el formato 609, en el 606 se debe remitir este NCF por el total del importe facturado sin incluir la retención de ISR y usando el RNC del mismo contribuyente como si se tratara de un NCF de gasto menor.


E-NCF o comprobantes fiscales electrónicos

Comprobantes electrónicos

Estos NCF utilizan una clasificación similar a los normales y se la secuencia a diferencia de los NCF comunes que luego de la clasificación ya sea B01 o B17 tienen 8 casillas o dígitos el E-NCF tiene 11. El E-NCF es un documento electrónico firmado digitalmente, que acredita la transferencia de bienes, entrega en uso o la prestación de servicios, debiendo cumplir siempre con los requisitos establecidos en la normativa dispuesta para estos fines.​​​​​​​​


Los tipos de E-NCF son:

Tipos de NCF eletrónicos
E31 Factura de Crédito Fiscal Electrónica
E32 Factura de Consumo Electrónica
E33 Nota de Débito Electrónica
E34 Nota de Crédito Electrónica
E41 Comprobante Electrónico de Compras
E43 Comprobante Electrónico para Gastos Menores
E44 Comprobante Electrónico para Regímenes Especiales
E45 Comprobante Electrónico Gubernamental
E46 Comprobante Electrónico para Exportaciones
E47 Comprobante Electrónico para Pagos al Exterior

Estos tienen la misma función que su equivalente en la serie B, pero a diferencia estos son documentos 100% digitales y su uso cada vez será más común hasta llegar el punto de que todos los contribuyentes deban usarlos.

La experiencia previa en países como argentina y demás es que este mecanismo aumenta mucho la capacidad de la administración tributaria de controlar y fiscalizar a los contribuyentes.


Esperamos que este artículo haya sido de enriquecimiento profesional para usted, comparta esta entrada con las personas a las que les pueda servir o en sus redes social para apoyar el crecimiento de este proyecto, gracias nuevamente.


Encuentra más información en el Podcast El Consultorio Tributario Episodio 1 Los Comprobantes Fiscales




Por:

Anderson J. Chicon

Socio Director de Anchi Advisors.

Director de Invest in RD https://www.investinrd.com/

Gracias por visitar https://www.anchiadvisors.com/

Puede consultarnos por las siguientes vías:

achicon@grupoanchi.com

(849) 607-8066

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